¿Sabía que...? Dolceta.eu se dará de baja el 30 de junio de 2013.

Los mejores recursos de Dolceta se han trasladado a nuestro nuevo sitio web de educación sobre el consumo: Consumer Classroom. www.consumerclassroom.eu es un sitio web de colaboración dirigido a profesores de la UE. Proporciona recursos y herramientas interactivas de gran calidad para facilitar a estudiantes de 12 a 18 años los conocimientos prácticos sobre consumo que necesitan.
Si usted es profesor o profesional del consumo, visite Consumer Classroom y regístrese para acceder a recursos de enseñanza o para convertirse en socio .

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Servicios Financieros


   Fecha de la legalización: 15/03/2011

¿Es posible suspenderlo?

Si Ud. no puede hacer frente a los vencimientos y el prestamista rechaza cualquier acuerdo, puede intentar presentar una solicitud de aplazamiento ante el juez. En España no existe tradición de procedimientos judiciales de suspensión de pagos para particulares, si bien existe algún caso aislado que reconoce dicha posibilidad. En ese caso, el juez puede concederle una suspensión de los reembolsos por un período determinado, o puede reducir la cuota mensual que Ud. tiene que pagar. Todo ello dependerá de su situación financiera.

A veces, la suspensión de los reembolsos es insuficiente y la venta del bien es inevitable.

Consecuencias de la suspensión de los reembolsos

Si el cliente se retrasase en el pago de las cuotas del préstamo, tendrá que abonar a la entidad prestamista unos intereses adicionales conocidos como intereses de demora. El tipo del interés de demora suele ser muy superior al tipo de interés ordinario del préstamo.

La forma de cálculo de los intereses de demora figura en la escritura del préstamo. Además, las entidades suelen cobrar una comisión por reclamación de cuotas impagadas al reclamar al cliente las cuotas impagadas.

El importe de esta comisión estará recogido en el documento contractual. En caso de impago del cliente, la entidad prestamista podría recuperar la cantidad pendiente de cobro mediante la venta del bien hipotecado, siguiendo el procedimiento de ejecución hipotecaria establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

 
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